Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley conforme a lo establecido en los artículos 12, 242, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil; 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido, en fecha 07 de febrero de 2022, por la abogada Miriam Orellana, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 69.425, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadana NORIS ELENA SALINAS CUEVAS, titular de la cédula de identidad N° V-8.008.940, contra la decisión de fecha 10 de diciembre de 2021, dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó las medidas peticionadas .....