DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por la Abogada YARLY ESPINOZA, Inpreabogado Nº 280.706, apoderada judicial de la ciudadana: BLANCA ESNEDA GIRALDO DE DAVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-16.863.505, Poder Especial Protocolizado ante la Notaria de Alicante-España, el día 4 de diciembre de 2023, Nº de Apostilla N9103/2023/025639; contra el ciudadano: OSCAR ATILIO DAVILA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-7.206.846.
Segundo: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATR.....