Por las razones anteriormente expuestas y de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción intentada, por el ciudadano DEIVI OSCAR CASTILLO COLMENAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-16.100.425, condenándose a la parte demandada SERVICIO DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN EL CANELO SERSEPROCAN C.A.