Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite, en la acción de amparo constitucional intentada por los ciudadanos ELINOE JESÚS VALENCIA ZAMBRANO y TERESA INDIRA BRITO DE VALENCIA, contra los autos dictados el 14 de mayo y 2 de junio del 2003 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio de Ejecución de Hipoteca seguido por la sociedad mercantil INVERSIONES CERESESTUD C.A. contra los ciudadanos ELINOE JESÚS VALENCIA ZAMBRANO y TERESA INDIRA BRITO de VALENCIA.
Se impone a la parte accionante una multa de CINCO BOLÍVARES (Bs. 5,°°) de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las Ofi.....