Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Aragua y Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de Medida Autónoma de Protección interpuesta en fecha veintiuno (21) de Mayo de 2013, por ante el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, por el ciudadano Joao Da Silva Alho, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V.-7.272.514 y con domicilio en la Urbanización Los Caobos, calle Dos, casa Nº 27, Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, debidamente asistido para este por la abogada Eneida Magally Vásquez Vásquez, titular de la cédula de identidad Nº 9.648.729, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 61.356, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos.....