Se publica decisión donde se SANCIONA CONFORME AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISION DE LOS HECHOS, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la sanción de DOS AÑOS DE LA MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD, conforme a los artículos 628 de Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el Artículo 83 del Código Penal vigente, en perjuicio de la ciudadana MARY ENMA CUARESMA PAREDES.