este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio N ° 6 de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera IMPROCEDENTE, la sustitución de la MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD que pesa sobre los acusados: JOSE DAVID HERRERA GUERRERO, titular de la cedula de identidad Nº V-25.583.820; RONALD GABRIEL COLMENARES COLMENARES, titular de la cedula de identidad Nº V-26.277.395: EDUARD ALEJANDRO ALVAREZ RAMIREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-25.743.047, suficientemente identificados en las actuaciones. Por lo que en consecuencia, se mantiene la Medida Judicial de Privación de Libertad que pesa en su contra. Notifíquese a las partes. Cúmplase, déjese copia, diarícese.-