(...) DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la inhibición planteada por la abogada NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, Juez Provisoria del Juzgado Superior Cuarto (4°) del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha dieciocho (18) de junio de 2019, con fundamento en el artículo 42, numeral 5° de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (dada la corrección realizada a través del auto dictado en fecha veintiséis (26) de junio de 2019); SEGUNDO: Por cuanto se evidencia del sistema JURIS 2000 que la causa principal signada con el N° AP21-R-2018-000519, fue distribuida al Juzgado Primero (1°) Superior de éste Circuito Judicial, se ordena librarle oficio a los fines que conozca el contenido de la presente decisión y por ende devuelva el expediente al Juzgado Cuarto (4°) Superior de éste Circuito Judicial del Trabajo, a los fines que éste último continúe conociendo del asunto, todo ello de conformidad con la norma del artículo 47 de la Ley Orgánica de la Juris.....