En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos DEL ROSSO DONA JOSE GREGORIO y HERNANDEZ TOVAR LISETH DEL CARMEN, venezolanos, Mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros, V-9.438.262 y V-19.004.504, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la abogada DORKA NOHEMI ROMERO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-11.983.564 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N°268.887.En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 28 de julio del 2012, contrajeron matrimonio civil, por ante la oficina de Registro Civil Autónomo Ocumare de la Costa, según se evidencia de acta de matr.....