Vista la solicitud formulada por el ciudadano EDGAR JOSE MARTINEZ MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NªV-20.545.013, debidamente asistido en este acto por la ciudadana BERIOCA YAQUELIN PADRON LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-17.472.147 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº201.371, en la que solicita le sea decretado título suficiente de propiedad sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, signada con CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO 05-11-04-U08-150-003-041-000-000-000, dicha bienhechuría está ubicada en la Parroquia Samán de Güere, Asentamiento Campesino La Morita I, Sector Villa Victoria, Calle Libertad, Parcela Nº90, Municipio Santiago Mariño, la cual tiene una superficie de terreno de NOVENTA Y SIETE CON TREINTA METROS CUADRADOS (97,30Mts2) y metros de construcción de CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON SESENTA METROS CUADRADOS (194,60Mts2), cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: Parcel.....