-III-
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestos, y en mérito de las anteriores consideraciones, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente procedimiento por DIVORCIO 185-A, UN SOLO SOLICITANTE, presentado por la ciudadana, MARÍA JOSÉ GUACARAN BEOMON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.093.099, asistida por la abogada, JEANETTE ROMERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 152.183, en contra del ciudadano ARTURO ALEJANDRO VIERA PIRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.465.877. SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas de conformidad con lo estable.....