Este Tribunal declaró CON LUGAR la pretensión que por acción de Mero Declarativa intentará el ciudadano JOAO FIGUEIRA DA SILVA, en contra de del ciudadano SHMARIAHU BECHARD SABÁN, ambas partes plenamente identificadas en esta decisión, y decidió así: PRIMERO: Se declaró extinguida la Hipoteca de Primer Grado constituida a favor de Shmariahu Bechard Sabán sobre el siguiente bien: un inmueble que forma parte del denominado Centro Comercial Pro-Patria ubicado en Catia a la entrada de la Urbanización Casalta o Francisco Miranda, con frente hacia la avenida que va del El Atlántico a Pro-Patria, jurisdicción de la parroquia sucre del Departamento Libertador, Distrito Federal, siendo sus linderos los siguientes: Norte: pasillo de circulación y escalera mecánica; Sur: fachada; Este: local 19-A; y Oeste: local 21-A, y que fuere registrado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal en fecha 13 de diciembre de 1993, quedando registrado.....