ABSUELVE a los ciudadanos RAFAEL ERNESTO FEBRES y, ALIRIO CELESTINO LOPEZ RUIZ, quien es Venezolano, Natural de Punta de Mata, Estado Monagas, de 46 años de edad, nacido domiciliado en Calle Ayacucho, casa Nro. 87, de Punta de Mata, Estado Monagas, de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, al primero de los nombrados y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, al segundo de los nombrados, previstos y sancionados en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y 277 del Código Penal Venezolano, en virtud de la ausencia de actividad probatoria, decretándose su LIBERTAD PLENA e INMEDIATA desde la sala de Audiencias, dejando sin efecto la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad que fuere dictada en su contra de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal