Siendo las 3:10 p.m., este tribunal declara reincorporada la trabajadora LILIBETH MARIA LUNA PEÑA en su puesto de trabajo, en el cargo de Jefe de Agencia y que para materializarse la incorporación a su sitio de trabajo, debe proveérsele de los recursos necesarios para el cumplimiento de las labores inherentes al mismo, en el horario de trabajo de ocho (08) horas de lunes a viernes, de 8:30 a.m. a 12:00 m y de 12:30 a 4:00 p.m., con un salario mensual para la fecha de su desincoporacion de Bs. 2.737.960,00