Por las razones antes expuestas, este Tribunal declara CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION solicitada por la ciudadana, JENNY BEATRIZ QUIÑONES GARCIA, y en tal sentido ordena que se rectifiquen los errores mencionados en los términos siguientes: donde dice:"PEDRO GARCIA BARRIOS Y CANDIDA ROSA DE GARCIA, ambos difuntos...", debe leerse: "PEDRO GRACIA BARRIOS (Difunto) y de la ciudadana CANDIDA ROSA DE GARCIA...". Igualmente donde se lee: "...casada con JOSE ISAAC QUIÑONES GARCIA; natural de Caracas..." debe leerse: "...casada con JOSE ISAAC QUIÑONES RODRIGUEZ, natural de San Fernando de Apure, Estado Apure..."como real y legalmente corresponde.-
En consecuencia, se ordena oficiar lo conducente a la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital. Y, al Registro Civil de la Parroquia 23 de Enero. Líbrense oficios a las autoridades respectivas y anéxese a los mismos copias certificadas de la presente decisión, previa consignación de los fotostatos respectivos.....