Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Primero: La HOMOLOGACIÓN DEL ACUERDO celebrado por las partes, en la demanda por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por la ciudadana Zoraida del Valle Payares Rodríguez contra la sociedad mercantil C.A. Metro de Caracas ambas partes plenamente identificada a los autos. En consecuencia, se deja constancia que una vez vencido el lapso para que las partes ejerzan los recursos que consideren pertinentes contra la presente decisión y una vez la misma quede ejecutoriada se ordena la remisión del presente asunto al Juzgado que conoció en fase de mediación a los fines que proceda a la ejecución del pago acordado, t.....