Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por RESCISIÓN POR LESIÓN EN LA PARTICIÓN incoara la ciudadana YOLANDA BRETTO contra los ciudadanos CARMEN LUZ MARICHAL ARTEAGA, BLAI TIRANT BONET BRETTO, GRAU MARCEL BONET BRETTO y MARC MIRO BONET BRETTO, ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA: Se decreta medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Nro. 31, ubicado en la planta Tercer Piso, del Edificio "Campiña Suites", Calle Los Mangos, Urbanización La Campiña, Jurisdicción de la Parroquia El Recreo del Municipio Libertador del Distrito Federal. El apartamento tiene una extensión aproximada de Cincuenta y Nueve .....