DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación que antecede, esta Sala Accidental N° 01 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Declara sin lugar lo expuesto por la Defensora Pública Décima Tercera (13°) del Sistema Autónomo de la Defensa Pública del estado Aragua, abogada CARMEN RUEDA ROCHA, en su condición de defensora del ciudadano JOSÉ EPIFANIO MONTOYA, en la audiencia celebrada ante esta Sala en fecha 09 de agosto de 2005, referido a que esta Sala, "no se pronunció en relación con el alegato esgrimido por la defensa en la audiencia pública respecto al supuesto estado de indefensión del ciudadano acusado y en cuanto a la solicitud de conocer de oficio los vicios cometidos por el tribunal de primera instancia". SEGUNDO: Confirma la sentencia recurrida, dictada en fecha 30 de noviembre de 2004, por el Juzgado Primero de Juicio d.....