Por lo antes expuesto, esta Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE REVISION, propuesto por el Juez Décimo Quinto de Primera Instancia en función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, contra la sentencia publicada en fecha 26 de Junio de 1995, por el (extinto) Juzgado Superior Vigésimo Segundo en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual condenó al ciudadano GUILLEN LUNA DARWIN ENRIQUE, a cumplir la pena de VEINTITRES (23) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR y HOMICIDIO INTENCIONAL, previstos y sancionados en artículo 408 ordinal 1° del Código Penal reformado y 407 Ejusdem, respectivamente, quedando en definitiva la pena la pena que .....