Se declara:
1.) Con Lugar el recurso de apelación ejercido por la abogada Sara Cristina Díaz, apoderada judicial de la parte demandante.
2.) Se Revoca la decisión publicada en fecha treinta (30) de julio de 2007, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
4.) Con Lugar la Demanda que por motivo de calificación de despido, incoara el ciudadano WILIAMS JOSÉ CABELLO contra la Sociedad Mercantil, CONSTRUCTORA 0305, C.A.; en consecuencia, se ordena a la empresa a reenganchar al demandante, y al pago de los salarios caídos, a razón veinticinco mil bolívares diarios (Bs. 25.000,00), desde el momento de la notificación de la empresa, es decir, desde 14 de noviembre de 2006, hasta la efectiva reincorporación del trabajador a su mismo puesto de trabajo, en las mismas condiciones que tenía para el momento del despido injustificado. Debiéndose excluir los lapsos ya indicados en la parte mo.....