III.- DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara la PERENCIÓN, del proceso de amparo constitucional interpuesto por el ciudadano ARISTOBULO GIL, titular de la cédula de identidad N° V- 3.598.756, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 78.609, quien actúa en su propio nombre y representación, en contra del Juzgado de Primera Instancia de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, por abandono del tramite de conformidad a lo establecido en el articulo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
Notifíquese a la accionante de la presente decisión mediante boleta, y una vez que conste en autos la misma se ordena el archivo del expe.....