En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS incoada por el ciudadano MANUEL ANTONIO IZARRA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.318.316 y de este domicilio, contra la Empresa Mercantil IL FORNAIO RESTAURANT BAR C.A.
SEGUNDO: se ordena a la empresa demandada, antes identificada, en consecuencia el inmediato reenganche o reinstalación del trabajador a su puesto de trabajo en las mismas condiciones anteriores al despido, así como el pago de los salarios caídos dejados de percibir desde la fecha del despido 12 de junio de 2008 hasta el día del efectivo reenganche del trabajado.....