este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto en la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACIÓN, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Todo en la demanda que por CALIFICACIÓN DE DESPIDO incoara JORGE LUIS FAJARDO CORRALES contra la empresa SANTA BÁRBARA AIRLINES,
El Juez,
El Secretario,
Abg. Aníbal F. Abreu Portillo
Abg. Luis Barranco