Por lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aras de conservar el equilibrio procesal en procura del mantenimiento del orden público constitucional; declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentando por el ciudadano EDGAR MARTIN HERNANDEZ MATAMOROS, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V-14.230.008 debidamente asistido por la abogada DAYANA ANDRADE SOTO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 85.696 en su carácter de trabajador y por la entidad de trabajo GENERAL PACKING GF CA, la abogada MERLYS PALMA ROCCA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 48.878. SEGUNDO: Se otorga el carácter de Cosa Juzgada, conforme al artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: se ordena el cier.....