-IV-
DECISIÓN
En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Agrario Superior de las Circunscripciones Judiciales de los estados Aragua y Carabobo, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.-COMPETENTE para conocer de la demanda interpuesta por la Sociedad de comercio "INDUSTRIA DIANA" C.A., Sociedad de Comercio inserta por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del estado Carabobo, en fecha 14 de junio de 19.46; quedando asentada bajo el N°/28; habiendo sido reformados sus estatutos en fecha 18 de noviembre de 2008 e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, bajo el N° 67, Tomo 74-A; siendo su última reforma la efectuada en fecha primero (01) de noviembre de 2012, apoderado judicial Abg. Miguel Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V-14.080.779, inscrito en el Instituto de Previsión .....