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Por todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo, este JUZGADO SEGUNDO (2°) SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: REVOCA el auto dictado en fecha 30 de septiembre de 2019, mediante el cual el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, oyó en ambos efectos el recurso de apelación interpuesto en fecha 26 de septiembre de 2019, por la parte actora. SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA al estado que el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, se pronuncie con relación al recurso interpuesto en fecha 26 de septiembre de 2019, en virtud de lo establecido por este Juzgado en la presente decisión. TERCERO: Remita el presente a.....