PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer y decidir del presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO:Se declara SIN LUGARel presente recurso de Apelación de Auto, interpuestopor el abogado ANDRES ALFREDO PUGA BETANCOURT, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 143.040, en su carácter de Defensa Privada del ciudadano DANIEL DAVID MOYA GONZALEZ titular de la cédula de identidad N° V-29.969.925, en su condición de imputado, en contra de la decisión dictada por el TRIBUNAL QUINTO (5°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en fechaonce (11) del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), en el expediente N° 5C-21.094-2024 (nomenclatura Interna de ese Despacho de Primera Instancia).
TERCERO: SE CONFIRMA la decisión emitida por el TRIBUNAL QUINTO (5°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIR.....