Por consiguiente este Tribunal declara desistido el procedimiento de conformidad a lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y ordena el cierre y archivo del expediente, una vez transcurrido el lapso para ejercer el recurso de ley.
LA JUEZA
MARIA ELERIDA RUIZ
PARTE DEMANDADA
EL SECRETARIO
HAROLYS PAREDES