DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES intentara el ciudadano JOSE GREGORIO MARTINEZ HERRERA contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA ANDAMIOS Y METALMECANICA en consecuencia, se condena el pago de la cantidad de de SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y UN BOLÍVARES CON 93/100 (Bs. 6.181,93), por concepto de diferencias de prestaciones sociales. SEGUNDO: SIN LUGAR la solidaridad alegada con relación a la empresa PDVSA GAS, S.A. TERCERO: En cuanto a la indexación se procederá conforme a lo señalado en la motiva de la presente decisión.