Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la demanda que por daños y perjuicios intentara el ciudadano CÉSAR RAMÓN CONTRERAS CAÑA contra la sociedad mercantil COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A., en consecuencia, se declara; SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra el fallo dictado el 27 de marzo del 2014 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Queda CONFIRMADA la apelada.
Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada,.....