Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la presente demanda de PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, intentada por la ciudadana GABRIELA COROMOTO HERNANDEZ IDROGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.515.362, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARY CACERES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 88.521, en contra del ciudadano JOSE DAVID MARTINEZ ROSAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.308.400. Y de la revisión minuciosa del presente expediente se observó que la misma no dio cumplimiento con lo requerido por este Tribunal. Archívese el expediente. Asimismo se ordena la devolución de los documentos originales a la parte actora.-
Publíquese, Regístrese .....