D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos HAYDEE LIBERTAD MUÑOZ GOMEZ y RAMON COROMOTO RIVAS FRANCO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.810.838 y V-9.252.157 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el veintitrés (23) de noviembre del año dos mil novecientos noventa y cinco (1995), por ante el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas, La Victoria del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 58, del año 1995.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la.....