EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 10 de Noviembre de 2025
215º y 166º
Vistas las actuaciones que anteceden y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentadas por el solicitante, este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: CALOLLERO BELLIA ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.273.031, asistidopor la abogada en ejercicio CARMEN GOYO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 183.229;de unas bienhechurías sobre un terreno de Propiedad Municipal, Con un área aproximada de construcción de SETECIENTOS SETENT.....