III
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA QUE POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO POR VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL intentó el Ciudadano UMBERTO BRUZZANESE PADULLA, suficientemente identificado en autos, contra la ciudadana CRISTINA ELENA LAMON VALERO, identificada en la narrativa de ésta sentencia.-
Se condena en costas a la parte actora.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la ciudad de Cagua a los DIEZ (10) días del mes de Diciembre de Dos Mil Siete (2.007).- Años 198° y 149°.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
MAIRA ZIEMS CORTEZ.
LA SECRETAR.....