Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se HOMOLOGA el acuerdo celebrado por las partes, contenida en la presente acta de fecha 11 de Enero de 2017; y pásese en autoridad de Cosa Juzgada. SEGUNDO: Remítase el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con sede en Maracay, a los fines del cierre y archivo del presente expediente, una vez que haya transcurrido el lapso legal para la interposición de recurso alguno. TERCERO: No hay condenatoria en costas, visto el acuerdo alcanzado por las partes. Finalmente el ciudadano Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido