Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACION ejercida por la parte demandada, contra la decisión de fecha de fecha 24/10/2023, reproducida en su integridad el día 30/10/2023, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en La Victoria. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada, conforme a las previsiones del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.