DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito laboral del estado Aragua en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana KEREN CORRO LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V ¿ 7.255.499 contra la Empresa : EL PALACIO DE LAS PAPAS, FIRMA PERSONAL inscrita en el registro mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua en fecha 19 de febrero de 1999, anotada bajo el No. 116, Tomo 1-B representada legalmente por la ciudadana LUZ MARIA ISAZA TORRES , titular de la cédula de identidad No. 81.891.014. Debiendo cancelar la suma de SEIS MILLONES NOVECIENTOS VEINTE Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS ( Bs.6927.972,76) o sea la suma de SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTE Y SIETE BOLIVARES CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.6.927,97)
Se acuerda en este acto l.....