D I S P O S I T I V A
Con fuerza en la motiva anterior, esta Sala Especial Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas con Competencia Exclusiva para conocer de las causas de los Delitos Vinculados con el Terrorismo a Nivel Nacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos ABGS. CARLOS SIMÓN BELLO RENGIFO y GLADYS RODRÍGUEZ DE BELLO, en su carácter de Defensores Privados de la ciudadana DIANA CAROLINA MORA HERRERA, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas con Competencia Exclusiva para conocer de las causas de los Delitos Vinculados con el Terrorismo a Nivel Nacional, a cargo de la DRA. DAYANHARA GONZÁLEZ, de fecha 28 de Noviembre de 2007, por ser extemporáneo, de conformida.....