En consideración a los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia lo Civil, Mercantil del Tránsito, Bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 38, 243.5, 244 del Código de Procedimiento Civil, y en consideración a lo expuesto en el PUNTO PREVIO del presente fallo, se declara la NULIDAD DE TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES, de la sentencia dictada en fecha 27 de noviembre de 2009, por el Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior particular, SE REPONE la presente causa al estado de que se dicte nuevo pronunciamiento donde se resuelva -en capitulo previo a la sentencia definitiva- sobre la impugnación de la cuantía, en el entendido.....