D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologado el Convenimiento, por motivo de la Revisión del Aumento de la Obligación de Manutención realizada entre los ciudadanos: YUDITH COROMOTO MENDEZ ARMAS y JOANNI JOSE LOPEZ INFANTE, anteriormente identificados, en sus carácter de progenitores de los niños (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITEN DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). De conformidad con lo establecido con los Artículos 384, 375 y 372 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente.
Exhortando al padre plenamente identificado a cumplir de buena fe y
responsablemente con el acuerdo contenido en la descrita acta.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala.....