Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado JOSE NAVARRO ADEYAN, inscrito en el IPSA N° 21.207, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha DIECIOCHO (18) DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS (2016), emanada del Juzgado Trigésimo Quinto (35°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio incoado por los ciudadanos HECTOR FELIPE DIAZ GONZALEZ, ANA YOLANDA FALCON VASQUEZ, JUAN CORNELIO GUZMAN, CARLOS GREGORIO NAVA CARRILLO y DUVAL ARISTIDES PEREZ REYES, contra la empresa INTERNATIONAL LAUREL RMS S.A.