DECISION
En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la demanda que por ENFERMEDAD OCUPACIONAL, DAÑO MORAL Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoó el ciudadano PEDRO ALEJANDRO HERNANDEZ MOTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.402.205, y de este domicilio, contra la sociedad mercantil, CONSORCIO EXMARCA DESINCA, C.A.