este Juzgado Cuarto (04°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: Oída la solicitud de la Defensa y opinión de la Vindicta Publica se admite la acusación formulada por el Fiscal 31° del Ministerio Público del Estado Aragua, ABG. MANUEL TRINIDADES, en contra del ciudadano: ANDRES DAVID OROZCO SEQUERA, titular de la cedula de identidad N° V-30.772.481, venezolano, estado civil: soltero, residenciado en: CALLE ZAMORA, CASA N° 91, MARIARA ESTADO CARABOBO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y USO DE FACSIMIL, previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones. SEGUNDO: Se admiten los medios de pruebas presentados por el Representante del Ministerio Público del Estado Aragua, por se.....