Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR la pretensión que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNION ESTABLE DE HECHO incoara la ciudadana MARIA EUGENIA PEREIRA MALPICA, contra los herederos del de cujus MIGUEL FERNÁNDEZ MARTINEZ, ciudadanos JUANA ZULEMA MARTINEZ DE FERNÁNDEZ, JUAN FERNANDEZ MARTÍNEZ Y ALEJANDRO FERNÁNDEZ MARTINEZ, ampliamente identificados al inicio de esta decisión. En consecuencia, existió entre los precitados ciudadanos una relación concubinaria, con todos los efectos legales durante un lapso de tiempo que se inició en agosto de 2005, hasta el día 15 de septiembre de 2017, por lo que se equipara a la parte actora a los derechos de có.....