Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y Sede en la ciudad de Caracas, en régimen de transición, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) ha incoado el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., contra el ciudadano PEDRO VICENTE AÑEZ SÁNCHEZ y la sociedad mercantil INVERSIONES AVRP, C.A., ampliamente identificados al inicio de este fallo y en consecuencia, condena a la demandada a pagarle al Banco demandante, las siguientes cantidades:
PRIMERO: La cantidad de CIENTO NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLÍVARES (Bs. 199.999.998,00), por concepto del capital del pagaré.
SEGUNDO: La cantidad de CIENTO ONCE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS BOLÍVARES CON SESENTA Y TRES CÉNTIMOS.....