Por todos los planteamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, es que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE LA PRETENSIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, por la ciudadana DAYANA YERALDIN BATISTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.174.835, debidamente asistida por el abogado FELIX CASTILLO FOSSI, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro. 211.701, en contra de la ciudadana: MIRNA JOSEFINA BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.394.084.
SEGUNDO: Como consecuencia de ello, queda RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO contraído entre los sujetos procesales anteriormente identificados, de fecha 08 de abril de 2024, cursante a los folios (15), de la única pieza principa.....