UNICO
Visto el escrito presentado por el abogado JESUS ARMANDO GONZALEZ PEREZ, debidamente identificado, actuando con el carácter acreditado en autos, en el cual solicita que se dé cumplimiento a lo establecido en la sentencia emanada de la Sala de Casación Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 9 de Agosto del Dos Mil Cinco, donde REVOCA, además declara IMPROCEDENTE, E INADMISIBLE el Recurso extraordinario de Amparo introducido por el ciudadano EDUARDO ANTONIO PEREZ MONTIEL, debidamente representado por el abogado Ivan Ibarra Rodríguez, con dicha sentencia la Sala Constitucional dejo sin efecto jurídico, la ejecución de la sentencia practicado por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Aguasay, Ezequiel Zamora, Cedeño, Acosta y Caripe, en fecha 15 de Enero del Año Dos Mil Cuatro, todo ello, consta en copia certificada que consta en autos a los folios 226 al 244, este Tribunal para dar respuesta a lo solicitado en el escrito presentado, siguiendo los .....