DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Quinto Agrario, Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, Impartiendo Justicia en Nombre de la república y por Autoridad de la Ley . Declara : PROCENTE la medida cautelar solicitada ORDENA: Que el solicitante presente una garantía a satisfacción del tribunal de hasta 25 Salarios Mínimos, es decir la cantidad de Veintiún mil Novecientos Setenta y Ocho Bolívares con 75/100 ( Bs. 21.978,75) y una vez acreditada a satisfacción de este Juzgado en conformidad con lo dispuesto en el artículo 590 del Código de Procedimiento Civil, se procederá a decretar la suspensión de los efectos del acto administrativo impugnado.
Se conceden Quince (15) días hábiles para la consignación de la garantía aquí exigida de lo contrario, será revocada.
El Juez Titular,
Luis E. Simonpietri R
La Secretaria
Mary J. Cáceres I.