-III-
DECISIÓN
En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Agrario Superior de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Reivindicación Inmobiliaria Agraria ejercida por el abogado Nelson Gerardo Bacalao Núñez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.604.355, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86.235, en su carácter de Representante Judicial de la Sociedad Mercantil RALEIGH C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 28 de abril de 2006, bajo el Nº 38, Tomo 30-A, contra el Instituto Nacional de Tierras y el Instituto Nacional de Desarrollo Rural, por existir un litisconsorcio pasivo necesario no cumplido por parte de la accionante, de.....