Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, sede La Victoria, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de Fijación de la Obligación de Manutención, interpuesta por de la parte actora ciudadana LORELYS ANGELICA PONCE RAMOS, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro.V-12.120.672, en contra del ciudadano RHONALD LEONARDO HERRERA NIEVES, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro.V-13.240.959, en beneficio de los niños LAURA ALEJANDRA Y RHONALD ALEJANDRO HERRERA PONCE, de Doce (12) y Once (11) años de edad respectivamente. En consecuencia: 1.) FIJA como cuota de obligación de manutención mensual para los niños de autos la cantidad equivalente al treinta por ciento (30%) del sueldo o salario mínimo decretado por el Ejecutivo Naci.....